Condenan a nueve años y medio de prisión a un hombre por un homicidio ocurrido en Parque Chacabuco que derivó en la muerte de una mujer
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El TOCC N°3 condenó a Matias Nahuel Pérez por homicidio simple tras determinar que sujeto a la víctima por la espalda mientras un cómplice ún no identificado lo apuhalaba. El conductor herido perdió el control del auto y atropelló a una mujer que aguardaba el colectivo 133 en la esquina de Cobó y Puan. Ambos fallecieron.
Un episodio de violencia que en abril de 2025 comenzó con un piedrazo y terminó con dos personas muertas en el límite entre los barrios porteños de Flores y Parque Chacabuco (Comuna 7) tuvo su conclusión judicial. El Tribunal Oral en lo Criminal y Correccional Nº3 condenó a Matias Nahuel Pérez, de 28 años, a nueve años y seis meses de prisión por el delito de homicidio simple. La pena coincide con la solicitada en el alegato por el auxiliar fiscal Jorge Recalde, de la Fiscalía General Nº3 ante los Tribunales Orales, a cargo del fiscal Andrés Madrea.
Un piedrazo, una pelea y una puñalada en el tórax
Según la reconstrucción judicial, todo comenzó el 11 de abril de 2025, cerca de las 7:15. La víctima circulaba en un Ford Fiesta por la zona de avenida Castañares y Lautaro cuando dos personas le arrojaron una piedra al vehículo. El conductor se bajó a increparlo. El cruce degenero en pelea en la calle Corea, donde Pérez sujetó a la víctima por la espalda mientras un cómplice aún no identificado y prófugo lo apuhalaba en el tórax.
El conductor herido perdió el control: una mujer muere esperando el 133
Gravemente herido, el conductor volvió a su vehículo e intentó manejar por avenida Cobó. Pero el estado crítico en que se encontraba no se lo permitió: se desvaneció y perdió el control del Ford Fiesta. El auto terminó atropellando a una mujer que en ese momento esperaba el colectivo 133 en la esquina de Cobó y Puán. Ella falleció minutos después. El conductor apuhalado también murió. Un hecho de violencia urbana se había cobrado dos vidas en cuestión de minutos: la de quien fue atacado y la de una persona completamente ajena al conflicto.
“No separa: facilita” — la clave del fallo
El núcleo del debate jurídico giró en torno al rol de Pérez durante la pelea. La defensa sostuvo que su presencia había sido pasiva, que intentó separar el altercado. La fiscalía rebatió esa lectura: argumentó que al sujetar a la víctima por la espalda, el acusado la inmovilizó deliberadamente para que el cómplice pudiera apuharla. El tribunal compartió esa postura.
Los jueces Gustavo Jorge Rofrano y Julio César Báez fueron contundentes en su redacción: la conducta de Pérez “no separa: facilita que el otro agresor prófugo lo apuhalara en el pecho”. Para arribar al fallo, el tribunal valoró testimonios, registros de cámaras de seguridad y pruebas genéticas, entre otros elementos. El juez Pablo Valle votó en disidencia.
El perfil genético del condenado, al Registro Nacional
Además de la condena, el tribunal ordenó la obtención del perfil genético de Pérez para su incorporación al Registro Nacional de Datos Genéticos Vinculados con la Investigación Criminal. Mientras tanto, el cómplice que asestó la puñalada permanece prófugo y la investigación continúa para determinar su identidad y paradero. Dos familias esperan una justicia que, para una de las víctimas —la mujer que esa mañana fue a tomar el colectivo y nunca llegó a su destino—, todavía tiene un responsable sin nombre.
